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Un giro adecuado en la política de vivienda en España

10 May 2016

Del acuerdo “Cambiar España: 50 pasos para gobernar juntos”, suscrito entre IU y Podemos.

Acaba de cerrarse un acuerdo para concurrir a las próximas elecciones generales del 26 de junio entre Izquierda Unida, Podemos, y otros sectores a los que viene denominándose Mareas o Convergencias. Dicho acuerdo se sustenta sobre un programa de 50 puntos que se denomina “Cambiar España: 50 pasos para gobernar juntos” y está organizado entorno a cinco ejes temáticos: económico, social, político-institucional, medioambiental e internacional.

En anteriores entradas hemos señalado la ausencia, en los programas de gobierno de estos últimos meses, de medidas e iniciativa relacionadas con el problema de la vivienda y con el funcionamiento de nuestras ciudades, así que pretendemos analizar cuáles son las medidas o propuestas que en este sentido se hacen en el mencionado acuerdo.

En primer lugar llama la atención la importancia o el papel preponderante que la lucha contra los desahucios tiene en el mencionado programa ya que al menos hay tres medidas de las cincuenta donde la referencia y las propuestas de soluciones hacen referencia a esta materia.

La primera de ellas es la medida número siete “Reestructuración de la deuda hipotecaria”. Se propone la aprobación de una normativa, con procedimientos ágiles, de lo que se viene conociendo como “segunda oportunidad”. Es decir, tratar la quiebra económica de la persona de forma similar a la de una empresa, posibilitando un procedimiento para la reestructuración o liquidación de la deuda, que permita saldar las existentes de forma que no se conviertan en eternas, y que las personas que las sustentan puedan recomenzar en condiciones de dignidad su “vida económica”.

La segunda medida que trata, aunque no directamente, esta cuestión es la número doce “Suministros básicos”. No hay lugar a dudas que la garantía de estos suministros contribuiría a una mayor capacidad económica para hacer frente al pago, sea alquiler o hipoteca, del inmueble. Esta medida además tiene un indudable carácter social ya que se plantea garantizar un mínimo vital básico a través de un bono con tarifa gratuita para las personas que no tienen ningún ingreso, o súper reducido para aquellos en situación de pobreza y/o exclusión social.

La tercera medida en este sentido es la número trece, que habla directamente de paralización de desahucios por motivos económicos probados y donde se hace referencia a la histórica aspiración de los movimientos antidesahucios: dación en pago con carácter retroactivo y reestructuración de la deuda.

Consideramos que si se pusieran en marcha estas tres medidas iniciaríamos el camino para acabar con el drama de los desahucios en nuestro país.

Pero no sólo el tema de los desahucios se aborda en el mencionado programa. Concretamente en la medida número trece se establecen otras alineadas con la incidencia o cambio en la política de vivienda como: reconvertir la SAREB en un instrumento de gestión de un parque público de vivienda en alquiler o la regulación por ley del concepto de alquiler social, entendiendo este como el que no supera el 30% de la renta de la familia incluido los suministros.

Otra medida interesante que se señala en este apartado trece es la regulación de la función social de la vivienda, sancionando a las entidades financieras o de gestión de activos que posean viviendas deshabitadas. Señalamos con interés este apartado en la medida en que se hace eco del concepto de “función social de la vivienda”, incorporado por vez primera a una norma por la llamada Ley antidesahucios de Andalucía del año 2013, y porque es absolutamente necesario a la vista del rumbo que ha tomado la doctrina del tribunal constitucional que por parte del estado se establezca un marco normativo en materia de viviendas vacías que permita su traducción al territorio bien a través de las Comunidades Autónomas o de los Ayuntamientos.

Aunque opinamos, como ya hemos señalado en alguna otra entrada, que aparte de la función social de la vivienda, debería aprobarse también una ley de medidas para impedir la especulación urbanística e inmobiliaria tal y como permite el artículo 47 de la Constitución.

Otra medida de indudable interés para la política de vivienda es la número nueve que establece la creación de una Banca Pública, que podría servir para incentivar el sector servicio en torno a la construcción en su aspecto productivo y no especulativo, sobre todo si la ponemos en relación con la medida treinta y cuatro que se refiere a las ciudades sostenibles y donde se apuesta por un modelo urbanístico orientado a la rehabilitación y a la eficiencia energética de las edificaciones, toda vez que dichas medidas podrían financiarse con cargo a dicha entidad bancaria.

Quizás en este apartado de ciudades sostenibles donde se dice genéricamente “política de transformación de los ecosistemas urbanos en lugares mas sostenibles y habitables para la ciudadanía” echamos en falta una referencia expresa a la movilidad sostenible y al transporte público.

Como conclusión final, valoramos positivamente las medidas incluidas, que de ponerse en práctica supondrían un giro adecuado en la política de vivienda que tanta falta nos hace.